Legislación › Real Decreto 1976/2004, de 1 de octubre, por el que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano.
ANEXO II
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de noviembre de 2004 y la del 23 de noviembre de 2013.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
Volver al texto en vigor
ANEXO II
Sello especial de identificación para la carne procedente de territorios o partes de territorios que no cumplan todas las condiciones zoosanitarias correspondientes
1. El sello de inspección veterinaria destinado a la carne deberá quedar atravesado por una cruz diagonal formada por dos líneas rectas que se crucen en el centro del sello y permitan que las indicaciones sigan siendo legibles.
2. Las marcas mencionadas en el apartado 1 podrán también realizarse con un único sello, que tendrá forma ovalada y 6,5 cm de largo por 4,5 cm de ancho. En él deberá aparecer la siguiente información en caracteres perfectamente legibles:
a) En la parte superior, el nombre o código ISO del Estado miembro, en letras mayúsculas: AT, BE, DE, DK, ES, FI, FR, GR, HR, IE, IT, LU, NL, PT, SE y UK.
b) En el centro, el número de registro sanitario del matadero.
c) En la parte inferior, uno de los grupos de iniciales siguientes: CE, EC, EF, EG, EK o EY. EK, EY ó EZ.
d) Dos líneas rectas que se crucen en el centro del sello, de modo que la información siga siendo claramente visible.
Las letras tendrán un tamaño de 0,8 cm como mínimo, y las cifras, un tamaño de 1 cm como mínimo.
El sello deberá llevar asimismo información que permita la identificación del veterinario que inspeccione la carne, de acuerdo con las instrucciones o normativa que al efecto se dicte por el órgano competente de la comunidad autónoma de que se trate.
El sello deberá aplicarse bajo la supervisión directa del veterinario oficial que controle el cumplimiento de los requisitos zoosanitarios.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de noviembre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-12266 | Leer | Qué cambió |
| 15 de noviembre de 2004 | Texto original | Leer |


