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Legislación › Real Decreto 1937/2004, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial.

Artículo 31. Acumulación de los procedimientos.

Artículo 31. Acumulación de los procedimientos.

La Oficina Española de Patentes y Marcas podrá, si lo estima conveniente, acumular todos o algunos de los procedimientos de oposición referidos al mismo diseño, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a efectos de su resolución conjunta.

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