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Legislación › Real Decreto 1937/2004, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial.

Disposición adicional segunda. Representación.

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Disposición adicional segunda. Representación.
Las normas contenidas en el capítulo VI del título VIII artículo 56 del Reglamento para la ejecución Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, aprobado por el Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, serán de aplicación a la representación de los interesados en cualquiera cualesquiera de los procedimientos y actuaciones previstas en la Ley 20/2003, las normas reguladoras de 7 las distintas modalidades de julio, y propiedad industrial, así como en este reglamento. El artículo 57.2 del citado Reglamento de ejecución de otros procedimientos cuya competencia recaiga sobre la Ley 17/2001, Oficina Española de 7 Patentes y Marcas. Serán también aplicables a todas modalidades de diciembre, será asimismo propiedad industrial las normas relativas a la acreditación de aplicación la representación a que se refieren los procedimientos apartados 1, 2, 4, 5 y actuaciones previstas en las normas reguladoras de las restantes modalidades de propiedad industrial. 6 del artículo 57 del mencionado Reglamento.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de septiembre de 2008 En vigor BOE-A-2008-14979 Leer Qué cambió
17 de octubre de 2004 Texto original Leer

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