Legislación › Real Decreto 2132/2004, de 29 de octubre, por el que se establecen los requisitos y procedimientos para solicitar el desarrollo de proyectos de investigación con células troncales obtenidas de preembriones sobrantes.
Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
Se faculta al Ministro de Sanidad y Consumo para regular la organización y funcionamiento del Banco Nacional de Líneas Celulares a que se refiere la disposición adicional única de este real decreto.
← Disposición final segunda Índice Disposición final cuarta →


