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Legislación › Ley 1/2004, de 13 de octubre, de Creación del Consejo de Colegios Profesionales de Agentes Comerciales de Castilla y León.

Artículo 1. Creación.

Artículo 1. Creación.

Se crea el Consejo de Colegios Profesionales de Agentes Comerciales de Castilla y León, como Corporación de Derecho Público, que tendrá personalidad jurídica y capacidad de obrar según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León.

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