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Legislación › Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Artículo 45.

Artículo 45.

El Consejo Consultivo elaborará su Presupuesto que figurará como una Sección dentro de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

El Consejo Consultivo tendrá, además del Secretario General la dotación de personal que establezca el Reglamento Orgánico.

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