Legislación › Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.
Artículo 27. Impugnación de tarifas.
Artículo 27. Impugnación de tarifas.
Las cuestiones que se susciten en relación con la determinación, cuantía y fijación de las tarifas por servicios portuarios tendrán carácter económico-administrativo y serán susceptibles de reclamación económico-administrativa y recursos en los términos previstos en la legislación aplicable.


