Legislación › Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.
ANEXO
ANEXO
A los efectos establecidos en el apartado 2 del artículo 2 de esta Ley, tienen la consideración de puertos e instalaciones marítimo y portuarias de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria los puertos, dársenas e instalaciones portuarias o marítimas que a continuación se relacionan: Castro Urdiales, con sus instalaciones de Saltacaballo, Ontón y Mioño; Laredo; Colindres; Santoña, con sus instalaciones de Quejo; Suances, con sus instalaciones en la Ría; Comillas; y San Vicente de la Barquera, con sus instalaciones de Unquera.


