Legislación › Ley 7/2004, de 19 de noviembre, por la que se declara a Cornalvo Parque Natural.
ANEXO I
ANEXO I
Los límites geográficos del Parque Natural de Cornalvo son los siguientes:
Norte.–Desde el punto en que la Carretera Nacional 630 cruza el límite de provincias entre Cáceres y Badajoz, siguiendo dicho límite de provincias hasta el punto en que éste se cruza con el camino de Arroyomolinos de Montánchez a Mirandilla.
Este.–Desde el punto en que el límite de provincia de entre Cáceres y Badajoz cruza el camino de Arroyomolinos de Montánchez a Mirandilla, siguiendo por dicho camino hasta el punto en que se cruza con el camino de Los Lomos a Campomanes, siguiendo por él hasta Horno Calero, donde continúa por el camino de Horno Calero hasta la Carretera Nacional V, siguiendo esta carretera hasta su cruce con el camino de Don Benito a Campomanes.
Sur.–Desde el punto en que la Carretera Nacional V cruza el camino de Don Benito a Campomanes, siguiendo por este camino hasta el Cortijo de Campomanes, continuando posteriormente por el camino de Campomanes a Mirandilla hasta el punto en que dicho camino se cruza con el límite del término municipal de Mirandilla, siguiendo este límite por Sierra Bermeja hasta llegar a la Sierra del Moro, cruzando el camino Real de Mérida a Montánchez. Desde este punto, siguiendo por el sur hasta Mirandilla, siguiendo por el camino que une Mirandilla y Aljucén, hasta que dicho camino llega al límite del término municipal de El Carrascalejo, desde este punto en dirección norte continuando por el límite del término municipal entre Mirandilla y Aljucén, hasta el cruce de éste con el camino de Aljucén al Moro, siguiendo este camino en dirección Oeste hasta su cruce con la Carretera Nacional 630.
Oeste.–Desde la Carretera Nacional 630 en el punto que arranca el camino de Aljucén al Moro en dirección este, siguiendo por esta carretera en dirección norte hasta el punto en que se cruza con el límite de provincias entre Cáceres y Badajoz.


