Legislación › Real Decreto 120/2004, de 23 de enero, por el que se crea el Museo del Traje, Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico.
Artículo 3. Consejo Asesor.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de febrero de 2004 y la del 5 de junio de 2011.
Tachado: lo que se quitó (76 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 3. Consejo Asesor.
El Museo del Traje, Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico, contará con un Consejo Asesor cuyos miembros serán nombrados por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte. (Derogado)
El citado consejo ajustará su funcionamiento a lo establecido para los órganos colegiados en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de junio de 2011 En vigor | BOE-A-2011-9736 | Leer | Qué cambió |
| 6 de febrero de 2004 | Texto original | Leer |


