Legislación › Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia.
Artículo 25 nonies. Régimen de convenios
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de agosto de 2015 y la del 13 de noviembre de 2015.
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Artículo 25 nonies. Régimen de convenios
Las Administraciones Públicas administraciones públicas podrán celebrar convenios con entidades privadas sin ánimo de lucro para la prestación de los servicios sociales de su competencia en los supuestos en que que, por la singularidad del servicio de que se trate, resulte la forma más idónea para su prestación y así se justifique. justifique, debiendo ser autorizados por el Consejo de Gobierno.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-12822 | Leer | Qué cambió |
| 8 de agosto de 2015 | BOE-A-2015-90553 | Leer |


