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Legislación › Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia.

Artículo 55. Resolución.

Artículo 55. Resolución.

1. La resolución que ponga fin al procedimiento sancionador será motivada y resolverá todas las cuestiones pertinentes planteadas en el expediente.

2. En todo caso deberá manifestarse expresamente sobre:

La ratificación de las medidas cautelares, a fin de garantizar la eficacia de la resolución en tanto no sea ejecutiva, o la revocación de las mismas, en su caso.

La obligación de reposición de la situación a su estado originario.

La determinación de la indemnización de daños y perjuicios derivados de la infracción cometida.

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