Legislación › Real Decreto 168/2004, de 30 de enero, por el que se regulan las condiciones para la declaración de la equivalencia entre determinados títulos en materia de educación social y el título oficial de Diplomado en Educación Social establecido por el Real Decreto 1420/1991, de 30 de agosto.
ANEXO
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de febrero de 2004 y la del 2 de noviembre de 2007.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras).
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ANEXO
Escuelas de Educadores Sociales y títulos correspondientes
1. Escuela de Educadores Especializados «Flor de Mayo» de Cerdanyola del Vallès (Barcelona): Técnico Especialista en Adaptación Social.
2. Escuela de Educadores Especializados, de la Fundación Bartolomé de Carranza de Navarra, luego denominada Instituto de Formación Profesional Mixta/Instituto de Educación Secundaria número 7: Técnico Especialista en Adaptación Social.
3. Escuela de Educadores Especializados No Docentes de Valencia: Técnico Especialista en Adaptación Social.
4. Escuela de Educadores Especializados en Marginación Social de Galicia, en Santiago de Compostela: Educador Especializado en Marginación Social.
5. Escuela de Educadores Especializados en Girona: Educador Especializado.
6. Escuelas de Pedagogía del Tiempo Libre y Animación Socio-Cultural, reconocidas por el Instituto Catalán de Nuevas Profesiones (INCANOP) de la Generalidad de Cataluña: Pedagogia del Lleure i Animació Sociocultural.
7. Escuelas Profesionales Luis Amigó (EPLA): Técnico Especialista en Adaptación Social
8. Escuela de Educadores Especializados de la Fundación Bartolomé de Carranza: Educador Especializado en Inadaptación Psico-social.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de noviembre de 2007 En vigor | BOE-A-2007-18912 | Leer | Qué cambió |
| 14 de febrero de 2004 | Texto original | Leer |


