Legislación › Orden ECD/273/2004, de 3 de febrero, por la que se regula el Comité Español de Deporte Universitario.
Cuarto. El Presidente.
Cuarto. El Presidente.
Uno. El Presidente del Comité Español de Deporte Universitario es el Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes y, por su delegación, el Director General de Deportes.
Dos. Corresponde al Presidente:
1. Desempeñar la dirección y ostentar la máxima representación del Comité Español de Deporte Universitario.
2. Convocar y presidir el Pleno, así como fijar el orden del día.
3. Promover, dirigir y supervisar sus actividades.
4. Cualesquiera otras funciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Comité Español de Deporte Universitario que no hayan sido atribuidas expresamente a otros órganos de este.


