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Legislación › Orden APU/284/2004, de 2 de febrero, que regula el procedimiento de ingreso de las cotizaciones de los mutualistas a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Disposición derogatoria.

Disposición derogatoria.

1. A la entrada en vigor de la presente Orden quedan derogadas las siguientes disposiciones:

a) Orden de Presidencia del Gobierno de 3 de abril de 1981, sobre normas de cotización al Fondo Especial.

b) Orden del Ministerio de Administraciones Públicas de 1 de diciembre de 1995, por la que se establecen las normas para el ingreso y control de las cotizaciones de los mutualistas a MUFACE.

2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en esta Orden.

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