Legislación › Real Decreto 217/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan la identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche.
Artículo 10. Sistema de acceso a la base de datos Letra Q.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de febrero de 2004 y la del 17 de febrero de 2008.
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Artículo 10. Sistema de acceso a la base de datos Letra Q.
1. El acceso a la base ''base de datos Letra Q'' requerirá identificación segura de las personas físicas designadas por las autoridades competentes, así como de las personas físicas que accedan en representación de agentes y agentes, establecimientos y laboratorios de análisis registrados.
2. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación proporcionará una identificación electrónica a los responsables de los centros, sin perjuicio de la posible validez de identificaciones electrónicas expedidas por terceros que en su caso puedan establecerse.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de febrero de 2008 En vigor | BOE-A-2008-823 | Leer | Qué cambió |
| 20 de febrero de 2004 | Texto original | Leer |


