Legislación › Resolución de 6 de febrero de 2004, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2004, por el que se amplían los límites del Parque Nacional de Doñana por incorporación de terrenos colindantes al mismo.
ANEXO I
ANEXO I
Referencia de los límites geográficos y linderos de los terrenos colindantes con el Parque Nacional de Doñana que se incorporan al mismo en virtud de este Acuerdo
Triángulo Oeste:
Superficie de 723,6710 hectáreas delimitadas por la línea paralela por el este, a 22 metros del eje central, de la carretera autonómica Bollullos-Matalascañas A-483, partiendo del kilómetro 33,900 y hasta el primer pilar del lado derecho del puente de la Canariega, en la margen derecha del arroyo de la Rocina, desde ahí el límite continúa en línea recta en dirección Norte-Sureste hasta la laguna del Arrecife (Coordenadas: X = 722211 ; Y = 4106010. Huso 29). Desde este paraje, en línea recta, en dirección Noreste-Suroeste, cerrado el triángulo en el punto a 22 metros del eje central de la carretera autonómica Bollullos-Matalascañas, a la altura del punto kilométrico 33,900 desde donde partió la delimitación.
Quedan excluidas las parcelas privadas procedentes de la antigua finca Najarsa n.º 10, 11, 418, 421, 480, 481, 483, A-15, y A-16, con una superficie estimada de 11,0997 hectáreas. Estos terrenos quedarán automáticamente incorporados al Parque Nacional de Doñana cuando sean adquiridos por la Administración o aportados por sus propietarios a tal fin.
Ampliación plana de inundación del Arroyo del Partido:
Superficie de 142,5936 hectáreas delimitadas desde el extremo Nor-Oeste por el punto de intersección entre el talud Oeste del muro de contención de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en el Rocío con la Raya Real de Villamanrique de la Condesa al Rocío. Continúa por la linde sur de la vía pecuaria hasta el extremo derecho del puente del Ajolí. Siguiendo en dirección Nor-oeste-Sur-este hasta el punto de coordenadas X = 725798, Y = 4112091 (en huso 29), desde ahí en dirección Noreste-suroeste hasta el punto de coordenadas X = 725425, Y = 4111367 (en huso 29). Continúa desde este punto en dirección Sureste-Noroeste hasta el punto de intersección con la prolongación del muro de la confederación en el punto de coordenadas X = 724511, Y = 4111903 (en huso 29). Desde este punto, se cierra el perímetro de ampliación siguiendo el talud oeste del muro de contención de la Confederación Hidrográfica hasta la Raya Real de Villamanrique de la Condesa al Rocío.
Finca de los Caracoles:
Superficie de 2.665,3877 hectáreas delimitada a partir del punto de intersección entre la línea que marca el límite Este de la finca de ADENA y el muro de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. Continúa por el muro de la Confederación en dirección Oeste-Este hasta el muro de la Confederación de encauzamiento de El Brazo de la Torre, siguiendo por este último en dirección Norte-Sur hasta su intersección con la finca de El Matochar. Desde este punto, prosigue por la linde de la finca de El Matochar en dirección Este-Oeste hasta el punto de confluencia de esta finca con la de ADENA, prosiguiendo por la linde de esta última hacia el Norte hasta su intersección con el muro de la Confederación, a la altura de la Casa del Lobo.


