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Legislación › Orden ECD/493/2004, de 23 de febrero, por la que se establece el régimen de permanencia y prórroga de los Asesores Técnicos y personal docente destinados en centros y programas en el exterior.

Octavo. Criterios de evaluación de la actividad profesional.

Octavo. Criterios de evaluación de la actividad profesional.

1. Para llevar a cabo la valoración de los Asesores Técnicos, las correspondientes Comisiones deberán tener en cuenta los siguientes criterios:

a) Eficacia en la organización y puesta en práctica de los programas y actividades que desarrolla la Consejería de Educación.

b) Iniciativas adoptadas para contribuir a la difusión de la lengua y cultura españolas y al desarrollo de los programas y actividades promovidos por la Consejería.

c) Capacidad para trabajar en equipo.

d) Capacidad para relacionarse con la comunidad educativa, las instituciones del país y el entorno sociocultural.

e) Cuando se trate de Asesores Técnicos con destino en las Consejerías de Educación de las Representaciones o Delegaciones Permanentes de España ante Organismos Internacionales deberá tenerse en cuenta, asimismo, las aptitudes específicas necesarias para el desempeño profesional de su puesto, tales como la capacidad de relación con el entorno profesional y con los foros de información de los mencionados Organismos, la adecuada elaboración de informes relativos a actividades y estudios promovidos por dichos Organismos Internacionales y las habilidades de negociación y actuación en este ámbito.

2. Para llevar a cabo la valoración del personal docente, dichas Comisiones deberán tener en cuenta los siguientes criterios:

a) Cumplimiento de sus obligaciones docentes.

b) Participación en programas educativos específicos del centro o programa, en relación con la integración del currículo del país, de la difusión de la lengua y cultura españolas y de la atención a la diversidad y el multiculturalismo.

c) Participación en actividades complementarias vinculadas al centro o programa al que está adscrito.

d) Participación en actividades, académicas de difusión de la lengua y la cultura españolas promovidas por la Consejería de Educación.

e) Capacidad para relacionarse con la comunidad educativa y con el entorno sociocultural en el desempeño de sus funciones.

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