Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Artículo 55. Objeto y naturaleza.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de marzo de 2004 y la del 1 de enero de 2005.
Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 55. Objeto y naturaleza.
La tasa por inscripción catastral es un tributo estatal que grava la incorporación de bienes inmuebles en el Catastro Inmobiliario y la modificación de sus datos descriptivos a petición de parte. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2005 En vigor | BOE-A-2004-21831 | Leer | Qué cambió |
| 9 de marzo de 2004 | Texto original | Leer |


