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Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

Disposición adicional segunda. Colaboración de notarios y registradores.

Disposición adicional segunda. Colaboración de notarios y registradores.

Mediante Orden del Ministro de Presidencia, dictada a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Justicia se desarrollarán los aspectos procedimentales que sean precisos para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en esta Ley, siempre que no se hayan previsto en ésta de modo específico otros desarrollos normativos.

Se añade por la disposición final 18.13 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo. BOE-A-2011-4117.

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