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Legislación › Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Artículo 40. Sujeción.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de marzo de 2004 y la del 28 de diciembre de 2012. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 40. Sujeción.
Las entidades no residentes en un país o territorio que tenga la consideración de paraíso fiscal, que sean propietarias o posean en España, por cualquier título, bienes inmuebles o derechos reales de goce o disfrute sobre éstos, estarán sujetas al impuesto mediante un gravamen especial.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de diciembre de 2012 En vigor BOE-A-2012-15650 Leer Qué cambió
13 de marzo de 2004 Texto original Leer

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