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Legislación › Orden HAC/725/2004, de 12 de marzo, por la que se delegan determinadas competencias de gestión patrimonial relativas al arrendamiento de bienes en el extranjero.

Primero.

Primero.

Se delega en el Subsecretario de Asuntos Exteriores la competencia para resolver los procedimientos de arrendamiento de bienes inmuebles y de prórroga, novación, y resolución anticipada de estos contratos y autorización del cambio de órgano u organismo ocupante a que hace referencia el artículo 122.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, cuando estos procedimientos se refieran a bienes inmuebles sitos en el extranjero, su ocupante o usuario sea un órgano de la Administración del Estado en el exterior dependiente orgánica y funcionalmente del Ministerio de Asuntos Exteriores o personal de este Departamento, y la renta anual sea 500.000 euros o superior.

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