Legislación › Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 78. Registro público de contratos y licitadores.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de septiembre de 2005 y la del 1 de febrero de 2018.
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Artículo 78. Registro público de contratos y contratistas. licitadores.
La Consejería consejería competente en materia de Hacienda llevará un registro público de los contratos que celebre la Administración General el sector público de la Comunidad Autónoma y sus organismos públicos. de La Rioja.
La misma Consejería llevará un registro consejería ejercerá las competencias en el ámbito territorial de contratistas que estará integrado por una sección denominada del registro La Rioja en materia de inscripción de licitadores y otra sección denominada registro en el Registro Oficial de empresas clasificadas. Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de febrero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-1917 | Leer | Qué cambió |
| 7 de septiembre de 2005 | Texto original | Leer |


