Legislación › Resolución de 21 de junio de 2005, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se dispone la publicación de la relación actualizada de disposiciones que preceptúan la audiencia del Consejo de Estado.
Artículo 57.
Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Patrimonio Nacional
Artículo 57.
El Protectorado, a propuesta del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y previo dictamen del Consejo de Estado, podrá acordar la modificación, fusión o extinción de los Reales Patronatos cuando así lo exija el mejor cumplimiento de los fines fundacionales, o cuando concurran los supuestos contemplados en el artículo 39 del Código Civil.


