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Legislación › Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO).

Artículo 24. Declaración de las figuras restantes.

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Artículo 24. Declaración de las figuras restantes.
Los monumentos naturales, los paisajes protegidos y los lugares de interés científico y microrreservas se declaran por acuerdo del Consejo de Gobierno. El acto de declaración tiene que limitarse a determinar la categoría de espacio natural protegido y a delimitar su ámbito territorial. (Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de febrero de 2023 En vigor BOE-A-2023-13668 Leer Qué cambió
5 de junio de 2005 Texto original Leer

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