Legislación › Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.
Artículo 23. Relaciones de puestos de trabajo
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de septiembre de 2014 y la del 7 de julio de 2017.
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Artículo 23. Tramitación y aprobación de las relaciones Catálogo de puestos de trabajo. tipo.
1. Las consejerías elaborarán y remitirán a la consejería competente en materia de función pública las relaciones El catálogo de puestos de trabajo permanentes de su estructura orgánica. tipo es el instrumento de
El procedimiento para la tramitaciónlas relaciones clasificación y ordenación de los puestos de trabajo garantizará, en todo caso, la negociación con los representantes de los empleados públicos del personal funcionario de los criterios generales que han la Administración de servir la Comunidad de base para Castilla y León.
2. El catálogo comprenderá la ordenación específica relación de los puestos de trabajo, y en particular los criterios tipo a que fijen los sistemas habrán de provisión, acomodarse los sistemas de clasificación de puestos de trabajo y los relativos a la determinación y aplicación de las retribuciones complementarias de personal funcionario así como los funcionarios. criterios seguidos para
Además,ser sometidas a su aprobación, clasificación.
3. Cada puesto tipo contendrá al menos las relaciones de puestos siguientes notas definitorias:
a) Su denominación.
b) Los subgrupos o grupos de trabajo requerirán informe clasificación profesional así como los Cuerpos, Escalas o Especialidades a los que estén adscritos.
c) Su sistema de las consejerías competentes en materia provisión.
d) El complemento de función pública destino y de presupuestos. el complemento específico.
2. No obstante lo anterior, las modificaciones en las relaciones e) Su descripción funcional básica.
4. Quedan excluidos del catálogo de puestos tipo:
a) Los puestos de trabajo tan sólo exigirán para ser sometidas a su aprobación del informe de las consejerías competentes en materia de función pública y personal docente.
b) Los puestos de presupuestos cuando concurra alguno trabajo del personal de los siguientes supuestos: centros e instituciones sanitarias del Servicio de
– Cuando su contenido íntegro resultela ejecución Salud de una resolución judicial firme. Castilla y León.
– Cuando consista en la supresión de c) Los puestos de trabajo declarados a extinguir. que no hayan de
– Cuando consista exclusivamente en la alteraciónla adscripción orgánica como consecuencia servir de modelo para la reestructuración de consejerías o del cambio creación de sus estructuras orgánicas. otros iguales.
– Cuando, previa comprobación en todas las consejerías y organismos autónomos, quede acreditada la inexistencia de puestos de trabajo vacantes adscritos al correspondiente Cuerpo o Escala, 5. La aprobación y sea necesario su creación para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 69.3 de la presente ley. modificación del catálogo de puestos
En todo caso, tratándose de modificaciones de relacionesde trabajo, la aprobación de las mismas se limitará en exclusiva tipo corresponderá a los datos alterados, debiendo abstenerse de reproducir aquellos no modificados, los cuales mantendrán su vigencia en los términos en que fueran aprobados en su día. la Junta de Castilla y León,
3. Las relaciones de puestos de trabajo se aprobarán por acuerdo dea propuesta de previa negociación con la consejería competente representación sindical en materia de función pública y se notificarán a los interesados, cuando estos sean conocidos y determinados. términos previstos por el artículo 104 de esta ley.
6. Su publicidad se garantizará a través de su publicación en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Además, el contenido de las relaciones de puestos de trabajo se incorporará, actualizado y sistematizado, en el Portal de Gobierno Abierto de la página web de la Junta de Castilla y León.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de junio de 2020 En vigor | BOE-A-2020-90233 | Leer | Qué cambió |
| 7 de julio de 2017 | BOE-A-2017-9778 | Leer | Qué cambió |
| 20 de septiembre de 2014 | BOE-A-2014-9959 | Leer | Qué cambió |
| 30 de junio de 2005 | Texto original | Leer |


