Legislación › Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos.
Artículo 49. Depósito voluntario de documentos privados.
Artículo 49. Depósito voluntario de documentos privados.
Los propietarios y poseedores de documentos privados que formen parte del patrimonio documental valenciano podrán depositarlos en los archivos históricos gestionados por la Generalitat.


