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Legislación › Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos.

Artículo 49. Depósito voluntario de documentos privados.

Artículo 49. Depósito voluntario de documentos privados.

Los propietarios y poseedores de documentos privados que formen parte del patrimonio documental valenciano podrán depositarlos en los archivos históricos gestionados por la Generalitat.

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