LexTotal

Legislación › Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos.

Artículo 54. Difusión.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de junio de 2005 y la del 30 de diciembre de 2025. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (13 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 54. Difusión.
La conselleria competente Las consellerias competentes en materia de cultura, archivos, a través del centro directivo competente, recogerá cada una en su ámbito de actuación, recogerán y difundirá difundirán la información sobre centros de consulta, fuentes documentales y bibliografía de archivos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de julio de 2026 En vigor BOE-A-2026-15683 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2025 BOE-A-2025-90320 Leer Qué cambió
17 de junio de 2005 Texto original Leer

← Artículo 53 Índice Artículo 55 →