Legislación › Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos.
Artículo 61. Suspensión del derecho de acceso a los fondos del patrimonio documental valenciano.
Artículo 61. Suspensión del derecho de acceso a los fondos del patrimonio documental valenciano.
El centro directivo competente en materia de archivos podrá suspender, mediante resolución motivada, la consulta de los documentos integrantes del patrimonio documental valenciano por cuestiones graves de conservación y seguridad de los mismos, hasta tanto desaparezcan las causas que motivaron la suspensión.


