Legislación › Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana.
Artículo 17. Presidente.
Artículo 17. Presidente.
1. La presidencia de la Entidad Valenciana para la Acción en Salud Pública corresponde al conseller de Sanidad.
2. El presidente de la Entidad Valenciana para la Acción en Salud Pública, como órgano de gobierno unipersonal, ejerce su alta dirección y gobierno, ostenta la jefatura de todas las dependencias de la misma y su superior representación en las relaciones con entidades públicas o privadas, fija el orden del día del Consejo de Gobierno y preside sus sesiones.
3. El presidente podrá delegar, con carácter temporal o permanente, determinadas funciones en el director ejecutivo.


