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Legislación › Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana.

Artículo 19. El director ejecutivo.

Artículo 19. El director ejecutivo.

1. El director ejecutivo de la Entidad Valenciana para la Acción en Salud Pública es nombrado por decreto del Consell de la Generalitat, a propuesta del conseller de Sanidad, y tendrá el rango de director general.

2. Corresponde al director ejecutivo la ejecución de los objetivos fijados por el Consejo de Gobierno y la gestión ordinaria de la Entidad Valenciana para la Acción en Salud Pública. Además de las funciones que reglamentariamente le correspondan, ejercerá aquellas otras que el Consejo de Gobierno y el presidente le puedan delegar.

3. El director ejecutivo podrá delegar, con carácter permanente o temporal, determinadas funciones en el personal de la Entidad Valenciana para la Acción en Salud Pública, en función de sus competencias.

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