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Legislación › Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana.

Artículo 33. Competencias.

Artículo 33. Competencias.

Son competencias propias de la Agencia Valenciana de Seguridad Alimentaria:

a) La evaluación y comunicación del riesgo alimentario.

b) La elaboración, aprobación y evaluación del Plan de Seguridad Alimentaria.

c) La coordinación de los órganos de la administración autonómica y de la administración local con competencia en materia de seguridad alimentaria.

d) La supervisión de la actuación de los organismos competentes en la ejecución y desarrollo del Plan de Seguridad Alimentaria.

e) Ostentar la representación de la administración autonómica en aquellos foros que existan dentro de su ámbito de actuación.

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