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Legislación › Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana.

Artículo 42. Recursos económicos.

Artículo 42. Recursos económicos.

La Agencia Valenciana Seguridad Alimentaria, para el cumplimiento de sus fines, dispone de los siguientes recursos:

a) Las asignaciones que anualmente se establezcan a cargo de los presupuestos de la Generalitat.

b) Las aportaciones procedentes de fondos estatales o comunitarios destinados al cumplimiento de sus finalidades.

c) Las tasas o demás ingresos públicos que devengue por su actividad.

d) Las subvenciones, aportaciones y donaciones que se otorguen a su favor.

e) Cualquier otro no previsto en los apartados anteriores que legalmente le corresponda.

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