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Legislación › Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana.

Disposición derogatoria.

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo previsto en la presente ley, especialmente el Decreto 101/2000, de 27 de junio, del Consell de la Generalitat.

Quedan derogados los preceptos de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de ordenación farmacéutica de la Comunidad Valenciana que se opongan a lo que establece esta Ley.

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