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Legislación › Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana.

Disposición final séptima.

Disposición final séptima.

En el plazo de un año desde la creación de la Entidad Valenciana para la Acción en Salud Pública, el Consejo de Gobierno de ésta normalizará la carrera profesional del personal de salud pública y establecerá un sistema de retribuciones en función del cumplimiento de objetivos y que contemple el nivel de responsabilidad, especial dificultad técnica, dedicación, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad de cada puesto de trabajo de la entidad.

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