Legislación › Orden JUS/2296/2005, de 12 de julio, sobre selección, propuesta y nombramiento de funcionarios interinos para cubrir puestos de funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.
Artículo 6. Condiciones específicas según las bolsas de trabajo.
Artículo 6. Condiciones específicas según las bolsas de trabajo.
1. Los candidatos deberán poseer, o estar en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, la siguiente titulación:
a) Para puestos del Cuerpo de Médicos Forenses: Título de Licenciado en Medicina.
b) Para puestos de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses: Título de Licenciado en una carrera universitaria en Ciencias Experimentales y de la Salud, que se determinará según la especialidad.
c) Para puestos del Cuerpo de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses: Título de Técnico Superior en Formación Profesional o equivalente de las familias profesionales que se determinen en la relación de puestos de trabajo.
d) Para puestos del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: Diplomado universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
e) Para puestos del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: Título de Bachiller o equivalente.
f) Para puestos de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses: Título de Técnico en Formación Profesional o equivalente de las familias profesionales que se determinen en la relación de puestos de trabajo.
g) Para puestos del Cuerpo de Auxilio Judicial: Título de graduado en E.S.O. o equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Cultura, de 4 de noviembre de 1996, se consideran equivalentes los títulos académicos oficiales de graduado escolar y certificado de estudios primarios expedidos con anterioridad al final del curso 1975-1976.
Además, los aspirantes a la bolsa del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, deberán acreditar experiencias prácticas en mecanografía o en medios ofimáticos. Se considerará acreditada esta experiencia respecto de los que en los últimos cinco años hayan desempeñado en algún momento puestos de oficial interino o auxiliar en la Administración de Justicia, o también auxiliar administrativo en otras administraciones públicas. Así mismo, se considerará acreditada esta experiencia respecto de las personas que hubiesen aprobado pruebas de mecanografía o de medios ofimáticos en procesos selectivos para el ingreso en las administraciones públicas en los últimos cinco años, así como respecto de aquellas que presenten una certificación o un diploma acreditativo, expedido por un centro de formación reconocido oficialmente.


