Legislación › Real Decreto 822/2005, de 8 de julio, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los clérigos de la Iglesia Ortodoxa Rusa del Patriarcado de Moscú en España.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».


