Legislación › Real Decreto 868/2005, de 15 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
Artículo 4. Órganos de dirección y firmeza de sus actos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de julio de 2005 y la del 12 de diciembre de 2008.
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Artículo 4. Órganos de dirección y firmeza de sus actos.
1. El organismo autónomo Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo tendrá como máximos órganos de dirección los siguientes:
a) El Presidente.
b) El Vicepresidente.
c) El Consejo de Administración.
c) d) El Gerente.
2. Los actos dictados por el Presidente y el Consejo de Administración, en el ámbito de sus respectivas competencias, pondrán fin a la vía administrativa.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de septiembre de 2012 En vigor | BOE-A-2012-11603 | Leer | Qué cambió |
| 12 de diciembre de 2008 | BOE-A-2008-19991 | Leer | Qué cambió |
| 26 de julio de 2005 | Texto original | Leer |


