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Legislación › Real Decreto 868/2005, de 15 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

Disposición adicional primera. Integración de la Comisión de Asistencia Social.

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Disposición adicional primera. Integración de la Comisión de Asistencia Social.
La Comisión de Asistencia Social, a la que se refiere el artículo 74 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, se integra como órgano de colaboración interadministrativa en la Dirección Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de diciembre de 2008 En vigor BOE-A-2008-19991 Leer Qué cambió
26 de julio de 2005 Texto original Leer

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