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Legislación › Ley 8/2005, de 30 de junio, reguladora del Transporte Urbano por Carretera de La Rioja.

Artículo 3. Principios básicos.

Artículo 3. Principios básicos.

Como principios básicos de la organización del transporte urbano se establecen los siguientes:

a) Satisfacción de las necesidades de movilidad de la población con el mínimo coste económico y social.

b) Eficacia y racionalidad en el empleo de los medios y recursos disponibles.

c) Respeto a la autonomía municipal en la gestión de sus servicios de transporte.

d) Garantizar la accesibilidad a los vehículos para colectivos de personas discapacitadas o con necesidades especiales.

e) Coordinación y cooperación entre las distintas administraciones públicas para lograr un mejor servicio a los ciudadanos.

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