Legislación › Ley 2/2005, de 24 de junio, de creación del Jurado de Defensa de la Competencia de Extremadura.
Artículo 5. Tramitación de los expedientes.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de julio de 2005 y la del 30 de noviembre de 2022.
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Artículo 5. Tramitación de los expedientes.
Será aplicable a los procedimientos que tramiten tanto el los órganos del Jurado de Defensa de la Competencia de Extremadura, como el Servicio Instructor, lo que se dispone dispuesto en la Ley 16/1989, 15/2007, de 17 3 de julio, de Defensa de la Competencia, así como y con carácter supletorio lo establecido en la normativa del Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de noviembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-21019 | Leer | Qué cambió |
| 27 de julio de 2005 | Texto original | Leer |


