Legislación › Ley 4/2005, de 8 de julio, de reordenación del sector público empresarial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disposición transitoria segunda. Suscripción y desembolso del capital.
Disposición transitoria segunda. Suscripción y desembolso del capital.
El Consejo de Gobierno, junto con la aprobación de los Estatutos sociales, acordará la suscripción del capital social inicial y los plazos de desembolso del mismo.
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