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Legislación › Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra.

Artículo 53. Puestos de trabajo y funciones.

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Artículo 53. Puestos de trabajo y funciones.
1. En los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento existirán los siguientes puestos de trabajo, que desempeñarán las funciones generales que se señalan en cada caso:
a) Oficial de bomberos, encuadrado en el nivel A. Le corresponden funciones de dirección y coordinación de las unidades técnicas y operativas del servicio, así como el ejercicio de funciones técnicas de nivel superior en prevención, inspección, extinción de incendios y salvamento.
b) Suboficial de bomberos, encuadrado en el nivel B. Le corresponden funciones de dirección y coordinación de las unidades técnicas y operativas del servicio, así como el ejercicio de funciones técnicas de nivel medio en prevención, inspección, extinción de incendios y salvamento.
c) Sargento Cabo de bomberos, encuadrado en el nivel B. C. Le corresponden funciones de inspección y mando directo de las unidades operativas del servicio, así como el ejercicio de funciones técnicas de nivel medio en prevención, inspección, extinción de incendios y salvamento servicio bajo la dirección de los mandos superiores.
d) Cabo de bomberos, Bombero, encuadrado en el nivel C. Le corresponden funciones de inspección intervención operativa y mando directo de las unidades operativas del servicio ejecución bajo la dirección de los mandos superiores.
e) Bombero, Conductor auxiliar bombero, encuadrado en el nivel C. D. Le corresponden las funciones propias de intervención operativa y ejecución bajo la dirección su nivel.
f) Peón auxiliar
de los mandos superiores. bombero, encuadrado en el nivel D. Le corresponden las funciones propias de su nivel.
2. Reglamentariamente se desarrollarán las funciones que corresponden a cada uno de los puestos de trabajo mencionados en el apartado anterior, así como de los contratados temporales, los funcionarios en prácticas y el resto de personal que se integre en los servicios de extinción de incendios y salvamento.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de marzo de 2026 En vigor BOE-A-2026-6479 Leer Qué cambió
18 de mayo de 2024 BOE-A-2024-10501 Leer Qué cambió
22 de marzo de 2023 BOE-A-2023-8483 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 BOE-A-2010-2629 Leer Qué cambió
9 de agosto de 2005 Texto original Leer

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