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Legislación › Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra.

Artículo 69. Prescripción.

Artículo 69. Prescripción.

1. Las infracciones muy graves prescriben a los cuatro años; las infracciones graves a los dos años y las leves a los seis meses.

2. Los mismos plazos establecidos en el anterior apartado serán los aplicables a la prescripción de las sanciones.

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