Legislación › Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra.
Artículo 69. Prescripción.
Artículo 69. Prescripción.
1. Las infracciones muy graves prescriben a los cuatro años; las infracciones graves a los dos años y las leves a los seis meses.
2. Los mismos plazos establecidos en el anterior apartado serán los aplicables a la prescripción de las sanciones.


