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Legislación › Ley 9/2005, de 7 de julio, del Jurado de Expropiación de Cataluña.

Disposición final primera. Aprobación del Reglamento.

Disposición final primera. Aprobación del Reglamento.

El Gobierno de la Generalidad, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor, debe aprobar el reglamento de la presente ley.

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