Legislación › Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.
CAPÍTULO III
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de agosto de 2005 y la del 27 de marzo de 2015.
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CAPÍTULO III
Requisitos mínimos de los servicios de farmacia y depósitos de medicamentos reguladores
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de marzo de 2015 En vigor | BOE-A-2015-6876 | Leer | Qué cambió |
| 1 de agosto de 2005 | Texto original | Leer |


