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Legislación › Ley 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo.

Disposición adicional primera. Subrogación.

Disposición adicional primera. Subrogación.

A partir de la entrada en vigor de esta Ley, el Sepepa queda subrogado en todas las relaciones jurídicas establecidas por la Administración del Principado de Asturias en uso de las competencias que la presente Ley atribuye al Sepepa.

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