Legislación › Resolución de 24 de agosto de 2005, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba el Criterio Técnico para establecer las condiciones técnicas mínimas que deben cumplir los polvorines auxiliares de distribución, definidos en el artículo 190 del Reglamento de Explosivos.
5. Probeta de ensayo.
5. Probeta de ensayo.
La probeta de ensayo debe ser un polvorín constituido por una caja fuerte empotrable, recubierta en todas sus caras, excepto en la frontal, por la estructura de hormigón mínima y necesaria para garantizar el grado de resistencia requerido.
Dispondrá además de todos los orificios especificados en la documentación o memoria técnica.


