Legislación › Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente.
Artículo 43. Derechos honoríficos y protocolarios.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 2005 y la del 12 de junio de 2008.
Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (0 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 43. Derechos honoríficos y protocolarios.
Los Consejeros del Gobierno de Navarra tienen el tratamiento de excelencia y derecho a recibir los honores que les correspondan por razón de su cargo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de junio de 2008 En vigor | BOE-A-2008-10332 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 2005 | Texto original | Leer |


