Legislación › Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Artículo 65. Anteproyecto de presupuesto de explotación y capital.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de junio de 2005 y la del 30 de julio de 2010.
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Artículo 65. Anteproyecto de presupuesto de explotación y capital.
Las entidades y empresas sociedades a que se refiere el artículo anterior elaborarán anualmente un el anteproyecto de presupuesto de explotación y de capital en los términos previstos en el artículo 64 de esta Ley, capital, al cual debe ha de adjuntarse la documentación complementaria siguiente, de acuerdo con las previsiones plurianuales que se establezcan:
a) Una memoria explicativa del contenido y de los objetivos que deben han de conseguirse durante el ejercicio, entre los cuales han de deben figurar las rentas que esperen generar por razón de su actividad. actividad y los indicadores de eficacia, así como
b) Una memoria expresiva del trabajo realizado,de los objetivos conseguidos en el ejercicio anterior y del grado de cumplimiento resto de éstos. aspectos que
c) Un estado en elespecificarán las aportaciones de se establezcan mediante la Comunidad Autónoma y de las entidades autónomas o de otras empresas públicas o vinculadas orden a aquélla, así como los recursos provenientes de cualquier otra fuente de financiación. que se
d) Una memoria de inversionesarticulará en dos capítulos, comprendiendo: refiere el
1. Un estado que detallará las inversiones reales y financieras a efectuar duranteejercicio. artículo 66.1.
2. Una evaluación económica de las inversiones que hayan de iniciarse durante su curso.
e) La liquidación del presupuesto del ejercicio anterior inmediato y un b) Un avance del estado de ejecución del ejercicio corriente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de julio de 2010 En vigor | BOE-A-2010-13242 | Leer | Qué cambió |
| 29 de junio de 2005 | Texto original | Leer |


